Cambios en la reglamentación del RIGI: lo que trajo la letra chica

La reglamentación del RIGI, el proyecto gubernamental clave para impulsar inversiones en los sectores energético y minero, ha presentado varios cambios inesperados. Estos ajustes incluyen nuevos montos mínimos de inversión y beneficios adicionales para proyectos de exportación estratégica.

Actualidad09/09/2024 patagoniahoy
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El RIGI, el proyecto insignia del Gobierno para fomentar inversiones, experimentó modificaciones inesperadas en su reglamentación. Este plan, que se esperaba acelerara inversiones principalmente en los sectores energético y minero, presentó algunos cambios sorprendentes en los detalles de su implementación.

Uno de los ajustes significativos fue en los montos mínimos de inversión. Para la explotación y producción en costa afuera y el gas destinado a la exportación, se estableció un mínimo de 600 millones de dólares. Para el transporte y almacenamiento, el umbral se fijó en 300 millones, mientras que el procesamiento, fraccionamiento, compresión y licuefacción se mantuvieron en 200 millones, al igual que para la refinación, petroquímica y fertilizantes.

Por otro lado, los Proyectos de Exportación Estratégica de Largo Plazo (PEELP), que buscan posicionar a Argentina como proveedor a largo plazo en nuevos mercados, se benefician de un trato preferencial. Estos proyectos requieren una inversión mínima de 1.000 millones de dólares por etapa y ofrecen ventajas adicionales, como un período de exportación de 20 años, exenciones más amplias y mayor disponibilidad de divisas a partir del tercer año, en lugar del cuarto.

En cuanto a las actividades beneficiadas, la reglamentación abarca la generación, almacenamiento, transporte y distribución de energía eléctrica tanto de fuentes renovables como no renovables, la producción de energías bajas en carbono, la bioenergía, y la captura, transporte y almacenamiento de dióxido de carbono.

En el sector de hidrocarburos, las nuevas actividades incluidas son la construcción de plantas de tratamiento y separación de líquidos de gas natural, oleoductos, gasoductos y poliductos, instalaciones de almacenamiento, y la producción y procesamiento de gas natural para exportación. La actividad hidrocarburífera se destaca como la principal beneficiada con la incorporación de numerosos subsectores, excluyendo solo el upstream del petróleo crudo y el gas destinado al mercado interno.

 Además, la reglamentación establece que las ampliaciones deben aumentar la capacidad productiva preexistente y que los Proyectos de Vehículo Único (VPU) deben demostrar su inescindibilidad lógica y una extensión mínima de 200 km. Los PEELP dirigidos al mercado global de LNG pueden incluir varios VPU y tienen un mínimo de inversión de 400 millones en los primeros dos años.

Se destaca también que los proveedores locales deben participar con al menos un 20% de la inversión total, siempre que puedan competir en precio, calidad y disponibilidad. Los Créditos Fiscales de IVA serán aplicados automáticamente y se podrán combinar con beneficios de zonas francas, potenciando así proyectos portuarios.

En cuanto al rol de la autoridad de aplicación, el Comité Evaluador de Proyectos (CEP) tendrá una función asesora en el proceso de aprobación, mientras que la autoridad podrá decidir sobre la composición del comité, pero deberá ceñirse a los criterios establecidos sin discrecionalidad.

Finalmente, la estabilidad de 30 años proporcionará una protección legal y arbitraje internacional que podría ser clave para atraer inversiones significativas bajo el RIGI.

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