Qué dice el fallo por el que condenaron a los acusados de la “casa del horror” en Río Gallegos

David F., padre biológico de las víctimas fue sentenciado a la pena de siete años, mientras que Roxana V, su pareja recibió doce. No estuvieron presentes los acusados y solo uno de los abogados defensores. Disconformidad de la Fiscalía.

Actualidad21/08/2024 patagoniahoy
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La lectura de la sentencia en el caso de maltrato infantil dejó un sabor agridulce para las partes, ya que el tribunal no contempló los pedidos realizados durante los alegatos.

Se trata del caso conocido como la “casa del horror“. El tormento que tres hermanitos vivieron durante, al menos, cuatro años culminó en la condena de su padre biológico y de quien, en su momento, era su pareja.

David F., padre biológico de los sobrevivientes, y Roxana V., su pareja en aquel momento, fueron condenados al mediodía de este martes a diferentes penas de prisión: siete años para el primero y doce años para la segunda.

La lectura del fallo se realizó en las instalaciones donde, en las últimas semanas, se había llevado a cabo el debate de valoración de pruebas. La sesión comenzó pasadas las doce del mediodía.

Minutos después del mediodía, el tribunal encabezado por Joaquín Cabral, junto a Eduardo López y Francisco Marinkovic, ingresó a la sala. Como dato, no estuvieron presentes los acusados ni sus abogados; solo Iván Cruz Bonino, asesor de Botik, estuvo durante la lectura del fallo.

En el lado opuesto de la sala estaban Verónica Zuvic, junto a Andrea Pérez, jefa de despacho, la defensora Rita González y Laura Ramos. Jorge Godoy, quien acompañó a los sobrevivientes desde el primer día, lamentablemente no pudo estar presente por cuestiones personales.

Los familiares que actualmente tienen la tenencia de dos de las víctimas, estaban sentados en las sillas dispuestas para el público. Entre ellos se encontraba Wilma, la tía que se hace cargo de NF y EF. En varios momentos durante la lectura de la sentencia, se limpiaba las lágrimas con un pañuelo, mientras sus seres queridos la acompañaban con caricias en la espalda.

Cerca de las doce y media, se hizo un silencio sepulcral. Cuando Cabral comenzó a explicar los alcances del fallo en contra de David y Roxana, llamó la atención la ausencia de los imputados, quienes optaron por no presenciar la audiencia. El juez expresó que algunos de los delitos estaban acreditados, pero no así la alevosía ni la reducción a la servidumbre, tal como había solicitado la fiscal.

El fallo fue unánime, con los tres jueces votando también en favor de que, efectivamente, las lesiones existieron y que incluso dañaron el desarrollo psicosocial de los sobrevivientes.

El Tribunal Oral determinó que se probaron los hechos imputados a David  y Roxana, aunque la descripción de las acusaciones fue confusa y excesiva. La imputación debía haber especificado claramente el tiempo, lugar y modo de los hechos, pero se enredó con conductas de la mujer y conclusiones periciales.

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David fue acusado de agredir físicamente a sus hijos y de permitir que su pareja, Roxana, los sometiera a maltratos severos y sistemáticos. Los testimonios de los hijos revelaron que él estaba al tanto de algunos abusos pero no actuó en consecuencia. Uno de los hijos, mencionó que el padre estaba ausente o no prestaba atención a los abusos que ella cometía.

El hombre era consciente de los abusos pero optó por no intervenir, lo cual se interpretó como una omisión dolosa. Su falta de acción se atribuyó a una situación de sumisión emocional ante Vega. Durante el proceso, él negó los hechos y cuestionó las declaraciones de sus hijos, lo que reflejó su intención de proteger a Roxana y mantenerse en su relación.

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